¿Qué es la Ley Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad se regula según el Real Decreto Ley 1/2015, que engloba la reducción de carga financiera así como otras medidas de orden social, y está vigente en España desde 2015. Hace muchos años que venimos oyendo el término denominado mecanismo de segunda oportunidad. Pero… ¿en qué consiste esta medida? Pues básicamente, para que sea fácil de entender, es una ley que ofrece a una persona física la posibilidad de pedir la exoneración o la condonación de una cantidad de dinero determinada, que vendría a ser una deuda contraída por distintas razones.
La idea y motivación principal de esta ley es permitir a una persona que ha sufrido un gran revés, ya sea en el terreno laboral, empresarial o a nivel personal, poder recuperarse y encauzar de nuevo su vida o su trabajo. Obviamente, hay que tener en cuenta la buena fe del afectado. Tal como su nombre indica, la ley de segunda oportunidad es una alternativa, una opción para cerrar acuerdos con acreedores con el fin de cancelar o exonerar las deudas contraídas. La teoría siempre es bonita, pero, ¿cómo es su aplicación en el mundo real? Lo cierto es que en la práctica se trata de una excelente herramienta legal para que muchas personas resuelvan una situación de endeudamiento delicada y vuelvan a retomar su vida normal, o al menos empezar de nuevo.
¿Se pueden cancelar todas las deudas con Hacienda y Seguridad Social?
Debido a una sentencia del Tribunal Supremo del día 2 de julio de 2019, que dictaba la inclusión de los créditos públicos en la Ley de Segunda Oportunidad, se amplían pues los tipos de deuda que pueden cancelarse aplicando dicha ley.
Esta sentencia dicta un fallo que permite a los tribunales la exoneración de un porcentaje que puede ascender a más del 70% de las deudas contraídas con Agencia Tributaria y la Seguridad Social en determinados casos, así como la ordenación, limitación y cuantificación de los pagos resto de las deudas.
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Posibles beneficiarios de la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad está destinada tanto a particulares como autónomos, personas físicas, consumidores en general y familias con excesivas deudas.
Antes del año 2015, cuando entró en vigor esta ley, dichas personas debían afrontar sus deudas con su patrimonio actual y futuro. Por suerte, el panorama ha cambiado y ya existe una solución efectiva para evitar esta situación a personas individuales y familias.
Desde la entrada en vigor de esta nueva Ley, dichos colectivos tienen la misma oportunidad que las grandes empresas cuando se presentan en concurso de acreedores. La Ley se aplica sobre las deudas ordinarias y las subordinadas, lo cual facilita a los deudores una salida exitosa a su delicada situación económica.
Según el principio de responsabilidad patrimonial del Código Civil, esta aplicación trata de conseguir que un deudor (de buena fe) que cae en una grave situación de insolvencia por factores que le son ajenos, pueda comenzar de cero y tener una oportunidad de replantear su situación.
Los requisitos para acogerse son sencillos y fáciles de cumplir. Aún así, debemos tener en cuenta que para lograr la exoneración de la deudas también se debe cumplir:
- No ser culpable de concurso al no actuar de buena fe.
- Haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos.
- Que no se haya obtenido el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI) en los últimos 10 años.
- Que no se haya rechazado una oferta de trabajo acorde a su capacidad profesional en los 4 años anteriores.
- Tener pagados los créditos contra la masa, que son los que se generan durante la fase concursal y los privilegiados como son la hipoteca y deudas con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, aunque estos pueden ser interpretados por el Juzgado, ya que el Tribunal Supremo permitió una quita del 70% y un aplazamiento de 5 años en pagos a Hacienda.
¿Cuándo puede acudir una persona física o autónomo a la ley de segunda oportunidad?
Cualquier particular o autónomo puede acudir a la Ley de segunda oportunidad si cumple 3 requisitos básicos:
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- Demostrar que no puede pagar sus deudas
- Acreditar que se ha procedido de buena fe
- Que las deudas totales no superen los cinco millones de euros
Deudas que NO se pueden cancelar bajo la Ley de segunda oportunidad
- Deudas contraídas con la Agencia Tributaria
- Deudas contraídas con la Seguridad Social
EXONERACIÓN DE DEUDA EN EL 100% DE LOS CASOS
La Ley 25/2015, de 28 de julio de Segunda Oportunidad, contempla un mecanismo para que la persona física que acumule deudas, ya sea como empresaria o como consumidor, pueda negociar nuevas condiciones con sus acreedores y, en última instancia, lograr una exoneración de sus deudas que le permita empezar de cero.
Cambios Importantes en Ley de Segunda Oportunidad 2022
La nueva reforma concursal consigue modificar el Texto Refundido de la Ley Concursal a la Directiva Europea de insolvencia 2019/1023. Es un cambio bienvenido en España, donde la ley concursal ha necesitado una actualización durante mucho tiempo. Esta reforma ayudará a las personas que luchan contra las deudas y se encuentran en una situación insostenible. También incluye medidas que disminuirán el número de quiebras y facilitarán que las personas salgan de deudas.
Son dos los principales cambios que incluye esta reforma: primero, simplifica los procedimientos concursales al eliminar algunos requisitos como los relacionados con la enajenación de activos y segundo, permite a las personas que quieran entrar en un plan de rehabilitación antes de declararse en quiebra.
Entre las novedades más importantes se encuentran:
- Mayor agilidad de los plazos y trámites
- Reducción del coste del procedimiento para el deudor al prescindir de mediador concursal
- No obligatoriedad del AEP
- Opción de mantener siempre la vivienda del concursado cuando se acoja al modo de exoneración con plan de pagos
- Potestad del deudor para liquidar o no sus bienes a la hora de solicitar la exoneración de pasivo insatisfecho (EPI)
- Se incluyen expresamente la exoneración de los créditos de Derecho Público (Hacienda y Seguridad Social).
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